El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 299, N° 3, 431 y 433 del Código de Justicia Militar.
La gestión pendiente invocada incide en autos sobre delito de incumplimiento de deberes militares de que conoce vía apelación la Corte Marcial.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión invocada. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol Nº 2773-15.
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