La Cámara de Diputados remitió al TC el proyecto de ley que sustituye el sistema electoral binominal por uno de carácter proporcional inclusivo y fortalece la representatividad del Congreso Nacional (Boletín 9326-07), con el objeto que se ejerza el control de constitucionalidad respecto de sus artículos 1º, 2º, 3º y 4º.
Al efecto, cabe recordar que el proyecto tuvo su origen en un mensaje del Ejecutivo, y que entre sus objetivos busca reducir la desigualdad del voto, permitir la representación e inclusión de todas las corrientes políticas significativas, aumentar la competitividad e incertidumbre respecto de quienes resulten elegidos, y facilitar la expresión de la mayoría y la representación de las minorías.
Los artículos sometidos a control -1º, 2º, 3º y 4º- modifican, respectivamente, la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios; la Ley sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, en cuanto dispone el pago de 500 UF a los partidos de mujeres electas diputadas o senadoras, y un reembolso adicional de sus gastos electorales de 0,01 UF por cada voto obtenido; la Ley Orgánica Constitucional de Partidos Políticos; y la Ley que establece el sistema de elecciones primarias para la nominación de candidatos a Presidencia de le República, Parlamentarios y Alcaldes.
Corresponde al Pleno del TC pronunciarse en control obligatorio sobre el proyecto de ley sometido a su conocimiento.
Vea texto íntegro del expediente Rol N° 2776-15.
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