El Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel acogió la denuncia de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido deducida por un docente en contra de la Municipalidad de La Pintana.
En la sentencia, el Tribunal expuso que la prueba rendida por el demandante, según la cual el actor era adherente del Partido Socialista, trabajó en la campaña de un candidato independiente a alcalde de La Pintana que no resultó electo y que existieron amenazas por parte de la actual alcaldesa relativa a despidos por motivos políticos, genera indicios suficientes de la discriminación por razones políticas alegada, correspondiendo, en consecuencia, a la empleadora desvirtuarlos. Así, la demandada, al fundamentar la causal de despido invocada al demandante, alude, primeramente, a la existencia de una severa crisis financiera en el Departamento de Educación, sin embargo ninguna probanza incorporó en orden a acreditar el déficit presupuestario que señala. Asimismo, señala también que el programa “Centro Científico Estudiantil” cuenta con presupuesto financiado por SECPLAC, presupuesto que no incluye el ítem remuneraciones, gasto que debe incluirse en el presupuesto del Departamento de Educación, sin embargo, ninguna probanza aporta en orden a acreditar dicha aseveración y, por otra parte, de los testigos del demandante y el Decreto Alcaldicio N°1304/512/650 en virtud del cual se pone término al contrato de trabajo del demandante, dejan en evidencia que el actor se encontraba contratado precisamente con cargo a los fondos provenientes de la ley SEP. Luego la carta alude a la existencia de una sobredotación incrementada por la circunstancia de haberse constatado que por Ley deberán retornar a prestar sus servicios a Educación trabajadores que se encontraban desempeñando sus labores en otras dependencias municipales, razón por la que el Departamento de Educación se ha visto en la obligación de estructurar su dotación para un mejor y más eficiente funcionamiento del mismo, sin embargo, la municipalidad nuevamente incurre en una evidente inactividad probatoria, toda vez que ninguna probanza incorpora en orden a acreditar la efectividad de su aseveración, esto es, que existen trabajadores destinados a otras reparticiones que deben volver a prestar sus servicios al Departamento de Educación, por otra parte tampoco explica en qué consistiría la supuesta reestructuración de la dotación.
De esa manera, el fallo concluyó indicando que, habiéndose generado sospechas fundadas de la vulneración alegada del demandante y no habiendo logrado desvirtuar la parte empleadora los indicios existentes en esta causa, toda vez que no rindió probanza suficiente en orden a acreditar la concurrencia y veracidad de los hechos fundantes de la causal de despido invocada al actor, esto es, las necesidades de la empresa, no cabe sino concluir que su desvinculación se debió a una discriminación política en su contra.
Por lo anterior, el Tribunal acogió la demanda de tutela laboral y condenó a la Municipalidad de La Pintana al pago de las indemnizaciones correspondientes.
Vea texto íntegro de la sentencia T-158-2017.
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