Se interpuso recurso de casación en el fondo en contra de una sentencia de la Corte de Santiago que, confirmando con declaración la de primera instancia, aumentó los montos a que fuera condenado el fisco por perjuicios contractuales. La recurrente fundó su recurso, primero, en la trasgresión al artículo 1700 del Código Civil, al desconocer la sentencia impugnada el valor probatorio de los actos de cancelación y finiquito de la demandante. Luego denuncia la vulneración de los artículos 1545, 1546 y 1556 del Código Civil, en relación con los artículos 1560 y 1562 del mismo Código y, finalmente, expone la supuesta violación del artículo 425 del Código de Procedimiento Civil y del artículo 1698 inciso 2° del Código Civil, al haberse dejado establecido retardos en la cancelación de los estados de pago y la existencia de perjuicios para la demandante. La Corte Suprema consideró que “… de acuerdo a lo reflexionado en los fundamentos séptimo a noveno se concluye que la sentencia impugnada ha incurrido en el error de derecho que se le atribuye en el primer capítulo del recurso de casación en el fondo, desde que desconoce el valor probatorio a la declaración de “otorgar el más amplio, completo y definitivo finiquito” prestada por la demandante en la liquidación final del contrato signado con el N° 1 en la demanda, razón por la cual el recurso deducido debe ser acogido en ese acápite”.
Ver texto íntegro de la sentencia.
RELACIONADOS