En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Coyhaique acogió hoy –lunes 7 de octubre- el recurso de nulidad presentado por el Ministerio Público y por querellante, en contra de la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad, que absolvió a Juan Carlos Navarro Díaz, imputado por su responsabilidad en el delito de homicidio simple, ilícito que habría tenido lugar en septiembre de 2018, en Puerto Aysén.
La sentencia sostiene que si bien es cierto, los testigos participantes en los hechos no fueron absolutamente claros, un atento y cuidado análisis de sus testimonios, en su concordancia de los unos con los otros y con los demás antecedentes vertidos en juicio, habrían devenido con otra conclusión respecto de la participación del acusado en los hechos que le fueron imputados, a cuyo respecto el voto disidente, en forma clara, meticulosa y acertadamente razonada concluyó, precisamente, con la decisión contraria, cuyo era el análisis que debía esperarse globalmente respecto de los sentenciadores quienes, en su mayoría, se basaron en parciales antecedentes que no satisfacen el principio que este Tribunal reprocha.
Agrega que se ha obviado el necesario análisis cohesionado y concordante, de toda la prueba producida, habiéndose practicado un examen individual de las probanzas, en cuanto, por una parte se objetó el valor probatorio de los dichos de los testigos mencionados, en circunstancias que, de la debida relación de todas las pruebas, bien pudo concluirse con que la participación del acusado estaba acreditada y que las imprecisiones que pudieren advertirse en los testigos no son tales en cuanto a lo sustancial.
Resolución que concluye: retrotrayéndose el estado de la causa a la oportunidad de fijar nuevo día y hora para la celebración del pertinente Juicio Oral, ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique, por los miembros no inhabilitados que correspondieren.
Según antecedentes del Ministerio Público, el 9 de septiembre de 2018, en horas de la madrugada, en la comuna de Puerto Aysén, un tercero apuñaló con un cuchillo en tres oportunidades a Johnatan Alfredo Antinao Vargas, provocándole tres heridas cortantes, una en el hemitórax derecho, otra en el hemitórax izquierdo y una tercera en el antebrazo derecho, una de las cuales ocasionó un hemotórax masivo secundario que le provocó la muerte.
Vea texto íntegro de la sentencia rol 98-2019
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