La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Iquique que acogió el amparo deducido en favor de un ciudadano boliviano, condenado en 2014 por el delito de tráfico ilícito de drogas, contra la decisión de la Intendencia Regional de Tarapacá de dictar un decreto de expulsión en su contra.
Cabe recordar que en su oportunidad, la Corte de Iquique infirió que el recurrente reclama del Decreto N° 1.542, de 27 de noviembre de 2015, dispuesto por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que ordenó su expulsión fundado principalmente en la condena impuesta al amparado y la consecuencial aplicación del artículo 15 N° 2 del Decreto Ley 1.094 de 1975.
Agregó que, sin embargo, atendido el mérito de los antecedentes, que evidencian que el amparado es padre de un niño chileno, trabaja como cargador independiente en Zofri, carece de antecedentes penales en Bolivia y cuenta con domicilio en Chile, la medida de expulsión administrativa vigente carece de racionalidad, desde que si bien el amparado presenta sólo una condena por infracción a la ley de drogas, su data es pretérita y está cumplida, de modo que no se aprecia en ello que se configure la situación prevista por el legislador en el artículo 15 N° 2 del Decreto Ley 1.094 de 1975.
En consecuencia, en la sentencia se concluyó acogiendo el amparo deducido.
Por su parte, la Corte Suprema confirmó la sentencia apelada.
La decisión fue adoptada con el voto en contra del Ministro Valderrama, quien fue del parecer de revocar la sentencia apelada y rechazar el recurso de amparo, teniendo en consideración que la autoridad administrativa ha obrado dentro del límite de sus atribuciones, con estricto apego a las normas contenidas en la Constitución Política y a la legislación especial establecida en lo pertinente en los artículos 2, 3, 15 N° 7, 17 y 69 del Decreto Ley N° 1094 de Extranjería y su reglamento, y Decreto N° 818 del Ministerio del Interior, fundando adecuadamente su acto.
Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol N° 8350-2019 y de la Corte de Iquique Rol 22-2019.