El tribunal pleno de la Corte Suprema analizó el proyecto de ley que modifica el registro de inhabilidades para condenados por delitos sexuales y las penas accesorias asociadas. Informe que fue enviado a la Comisión de Constitución, Legislación y Justica de la Cámara de Diputados ayer, martes 19 de marzo, con la opinión favorable, en general, de los ministros, de la iniciativa legal que busca mejorar el registro y su aplicación práctica.
El informe sostiene que esta Corte no advierte dificultad alguna, desde que lo anterior claramente está concebido como una forma de protección a los menores y tiende a evitar definitivamente toda posibilidad interpretativa.
El oficio agrega que lo mismo sucede con todas aquellas modificaciones destinadas a implementar y dar efectividad a la reforma, como son, por ejemplo, también, el deber del Fiscal Nacional del Ministerio Público de remitir a la Comisión de Coordinación del Sistema de Justicia Penal un informe de todas las causas por delitos señalados en el inciso 2° del artículo 372 del Código Penal, cometidos contra menores de edad, que hubieran concluido por sentencia firme de condena; La modificación a las leyes sobre Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares y la Ley General de Educación, con el fin de ampliar el acceso al Registro Nacional de Condenas a las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y Comunicaciones y a la Superintendencia de Educación y las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación, con el fin de ampliar el rango de acciones preventivas de protección de niños, niñas y adolescentes, limitando el contacto de éstos con las personas inhabilitadas.
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