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Residuos industriales líquidos.

Tercer Tribunal Ambiental admitió a trámite demanda de reparación por daño ambiental contra Celulosa Arauco y Constitución.

Corresponde ahora que la demandada informe sobre la materia requerida dentro del plazo de 15 días.

8 de enero de 2019

El Tercer Tribunal Ambiental admitió a trámite la demanda por daño ambiental deducida por el Fisco de Chile en contra de la Celulosa Arauco y Constitución (CELCO).

Al efecto, cabe recordar que el Consejo de Defensa indicó que como resultado de las actividades de preparación de la madera y de la fabricación de celulosa, se generan residuos industriales líquidos, los que son tratados mediante un sistema que descarga en el río Cruces a través de un emisario, ubicado arriba del denominado sector Rucaco, agregando que en el año 2014, en el marco de una contingencia operacional sufrió un “trip de caldera”, se provocó un derrame de al menos 27-61m3 de “licor verde”, que fue desviado de forma indebida al Sistema de Tratamiento de Efluentes, descargándose luego a través del emisario ubicado aguas arriba del sector Rucaco.

De esta forma, se causó un daño ambiental al ecosistema de un sector del río Cruces con especial afectación a fauna íctica, mediante su mortalidad masiva y súbita, afectando significativamente la parte más alta de la cadena trófica del rio Cruces. Además, las profundas relaciones entre los distintos componentes de un ecosistema, permite deducir que la descarga de licor verde provocó junto con la mortalidad masiva de las especies señaladas, efectos ecosistémicos que se extienden a otras especies que habitan las aguas del cauce, todo ello menoscabando significativamente la calidad de las aguas y la composición de sedimentos.

Finalmente, señala que el daño ambiental configura una situación extraordinaria e irregular que no ha ocurrido antes en el área, la que se encuentra estrechamente vinculada a la actividad de riesgo que significa la producción de celulosa.

Corresponde ahora que la empresa demandada informe sobre la materia requerida dentro del plazo de 15 días.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol D-41-2018.

 

 

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