El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la denuncia de tutela laboral presentada en contra del Condominio Edificio Imago Mundi de Las Condes por recepcionista despedida, por realizar denuncia ante la Inspección del Trabajo.
La sentencia sostiene que en base a la prueba presentada, y de acuerdo a las máximas de la experiencia, se debe tomar en consideración primero que la empresa tenía conocimiento al momento del despido de la fiscalización realizada y de las multas cursadas, segundo que se despidió a la trabajadora sin concurrir una causa justificada, por lo cual sólo puede concluirse que la causa del despido fue represalia a la trabajadora por haber denunciado incumplimientos laborales ante el ente fiscalizador.
La resolución agrega que por lo anterior es que se declarará existencia vulneración de derechos, y en virtud de lo establecido en el inciso tercero del artículo 489 del Código del Trabajo que establece que el juez fijará una indemnización, la que no podrá ser inferior a seis meses ni superior a once remuneraciones, tomándose en consideración el tiempo que prestó servicios la trabajadora en la empresa, esto es menos de un año, que la empresa pagó a la trabajadora los montos que le adeudaba por concepto de horas extraordinarias, feriado legal e indemnización por falta de aviso previo en el comparendo de conciliación, se fijará la indemnización en 6 remuneraciones, lo que equivale a $2.982.762, ya que se estableció que las partes estaban de acuerdo en que la remuneración de la trabajadora ascendía a la suma de $494.127.
Vea texto ítegro de la sentencia
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