En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado en contra del Colegio Médico que decretó la expulsión del recurrente, quien fue condenado en primera instancia, a 20 años de presidio por crímenes de lesa humanidad.
La sentencia sostiene que, en este escenario manifiesto resulta para estos sentenciadores, que la decisión impugnada por ésta vía ha sido dictada en virtud de las facultades de las que se encuentra revestida la recurrida, lo que desde luego la torna en legal.
La resolución agrega que del mismo modo, ha quedado de manifiesto que la acción de expulsión, aparece racional y apoyada en motivaciones suficientes que resultan idóneas, como asimismo dotada de justificación y legitimidad, distinto es que la recurrente, no comparta éstas ni mucho esté de acuerdo con el mérito de las mismas, lo cual por cierto no es resorte de la presente acción constitucional, por lo que ésta no podrá prosperar.
Vea texto íntegro de la sentencia
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