En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de San Miguel condenó a la empresa Ticketek por infringir la ley de protección de los derechos de los consumidores, al hacer efectivo el cobro de entrada adquirida online para un concierto de la cantante Mon Laferte, la que no se materializó al ser rechazada por el sistema computacional.
La sentencia sostiene que del mérito de la testifical rendida se presume que, evidentemente, el demandante sufrió una aflicción que requiere ser reparada, apareciendo que la suma dispuesta por el tribunal a quo es acorde con los antecedentes aportados.
La resolución agrega que se condena al demandado a pagar la indemnización señalada en el fallo en alzada, además, con intereses corrientes desde que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada.
Asimismo, Ticketek debe pagar una multa de 10 UTM por no entregar el boleto adquirido vía electrónica al cliente (por una causal no explicitada en la plataforma web) y retardar injustificadamente la devolución del monto pagado.
Vea texto íntegro de la sentencia
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