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En fallo unánime.

Corte de Santiago acoge protección y ordena a banco entregar tarjeta a cliente extranjero.

El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario de BancoEstado al no entregar la tarjeta solicitada a titular de cuenta vista.

6 de agosto de 2018

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió recurso de protección y ordenó a BancoEstado entregar tarjeta  Redbanc asociada a cuenta vista de cliente extranjero a quien se le exigió cédula de identidad vigente para acceder al documento.
La sentencia sostiene que el Decreto Ley N° 1.094, conocido también como Ley de Extranjería, remite al Decreto 597/1984, Reglamento de la Ley de Extranjería, la individualización de los documentos que deberán adjuntar los extranjeros que requieran legalizar su situación en nuestro país. Por su parte, el artículo 6° del Decreto 597/84 establece que "la entrada al país de los extranjeros deberá efectuarse por lugar habilitado, con documentos idóneos y sin que existan causales de prohibición o impedimento para ingresar". A su turno, el artículo 8° del mismo texto normativo refiere que "Tendrán el carácter de documentos idóneos, los pasaportes auténticos y vigentes, u otros documentos análogos que califique el Ministerio de Relaciones Exteriores, como asimismo, la documentación que determinen los Acuerdos o Convenios suscritos sobre la materia por el Gobierno de la República.
La resolución agrega que luego de lo dicho, no es posible soslayar que la exigencia efectuada por la entidad recurrida no encuentra apoyo en ninguna norma que imponga al dueño de una cuenta vista, en que tiene depositados dineros de su propiedad, la obligación de presentar una cédula de identidad vigente como único documento idóneo en orden a acreditar su identidad y, tratándose en el caso de marras de un extranjero, en actual tramitación administrativa de su residencia definitiva, no parece razonable imponerle tal requisito, pues bien pudiera justificar su identificación, por ejemplo, con el pasaporte, de manera que tal requerimiento resulta en la práctica arbitrario.
Por tanto, concluye que se acoge el recurso de protección deducido en lo principal de la presentación de fecha 14 de junio de este año y a fin de restablecer el imperio del derecho, se dispone que el Banco del Estado de Chile deberá hacerle entrega de una tarjeta Redbanc asociada a su cuenta, previa comprobación de su identidad mediante la exhibición de documento idóneo.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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