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Multa de 10 UTM.

TRICEL se pronunciará respecto de reclamación de Administradora Electoral de concejal de la comuna de Huasco.

La reclamante sostiene haber remitido toda la documentación de la cuenta general de gastos del candidato al Administrador Electoral General del Partido Político respectivo.

30 de julio de 2018

El Tribunal Calificador de Elecciones se pronunciará respecto de una reclamación interpuesta en contra de la Resolución N° G16141 del Servicio Electoral (SERVEL), que aplicó procedimiento administrativo sancionatorio a la Administradora Electoral de Rafael Vega Peralta, candidato a concejal de la comuna de Huasco, con una multa de 10 UTM por infracción al artículo 37 letras c) y e) de la Ley Nº 19.884, sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, esto es, por no haber presentado las cuentas de ingresos y gastos electorales de la candidatura inscrita.

En su líbelo, la reclamante sostiene haber remitido toda la documentación de la cuenta general de gastos del candidato al Administrador Electoral General del Partido Político respectivo, dentro del plazo de 10 días, contados desde la fecha de la elección correspondiente.

En consecuencia, arguye que a quien le corresponde realizar la presentación ante el Subdirector de Control del Gasto y Financiamiento Electoral, no es el Administrador Electoral del candidato, sino que es el Administrador Electoral General del respectivo Partido Político, como consigna la letra c) del artículo 33 de la citada Ley N° 19.884.

Corresponde ahora que el Tribunal Calificador de Elecciones se pronuncie sobre esta reclamación.

 

 

 

 

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