El Segundo Tribunal Ambiental admitió a trámite la reclamación deducida por la Coordinadora Ciudadana No Alto Maipo en contra de la Resolución Exenta N° 29/Rol D-001-2017, dictada por la Jefa de la División de Sanción y Cumplimiento de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), mediante la cual aprobó el Plan de Cumplimiento Refundido por Alto Maipo SpA por los cargos presentados en su contra, suspendiendo además el procedimiento administrativo sancionatorio en su contra.
Los reclamantes aducen que la SMA, al haber aprobado el plan de cumplimiento, no hizo sino conformarse con meras formalidades por parte del titular frente a los cargos formulados en su contra. En efecto, la resolución reclamada no efectuó razonamiento alguno respecto de los efectos generados como consecuencia de los reiterados incumplimientos de la Resolución de Calificación Ambiental que aprobó el proyecto. Asimismo, indican que el plan de cumplimiento no cumple con los requisitos para su aprobación, por cuanto no cuenta con los contenidos mínimos exigidos por la norma; no describe ni se hace cargo de los efectos de las infracciones cometidas por el titular; y no cumple con los criterios de aprobación establecidos por la normativa vigente aplicable a la especie, por lo que el plan de cumplimiento es en la práctica una flagrante elusión de responsabilidad por parte del titular.
Corresponde ahora que la reclamada informe sobre la materia requerida dentro del plazo de 10 días.
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