La Unidad de Análisis Financiero (UAF) informa que, en el marco de la facultad establecida en el literal f) del artículo 2 de la Ley N° 19.913, que le permite "Impartir instrucciones de aplicación general a las personas enumeradas en los artículos 3°, inciso primero, y 4°, inciso primero, para el adecuado cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Párrafo 2° de este Título, pudiendo en cualquier momento verificar su cumplimiento", a contar de hoy pone a disposición para comentarios de las entidades que supervisa, la propuesta de Circular para los emisores y operadores de tarjetas de pago con provisión de fondos y cualquier otro sistema similar a dicho medio de pago.
La propuesta de Circular establece que los emisores y operadores de tarjetas de pago con provisión de fondos y cualquier otro sistema similar a dicho medio de pago deberán implementar Sistemas Preventivos Antilavado de Activos y contra el Financiamiento del Terrorismo, lo que incluye designar un oficial de cumplimiento ante la UAF, contar con un Manual de Prevención, capacitar a su personal y crear un Comité de Prevención, conformado por el Directorio de la sociedad respectiva, en el caso que se trate de una sociedad anónima, o por un mínimo de tres personas pertenecientes a la alta gerencia de la empresa respectiva de que se trate, en el caso que la persona jurídica corresponda a una estructura distinta a la sociedad anónima
Además, y entre otras materias, el texto instruye a las entidades antes mencionadas a aplicar medidas de debida diligencia y conocimiento de clientes (DDC), normal y reforzada, respecto de las tarjetas de pago con provisión de fondos con apertura remota, apertura remota con Firma Electrónica Avanzada, apertura remota a clientes registrados previamente, y con apertura presencial. Asimismo, contempla disposiciones para cuando los clientes de sus tarjetas realicen traspasos de fondos entre estas.
Debido a que para la UAF es importante que se conozcan las acciones que desarrolla el servicio para cumplir su misión legal de prevenir e impedir la utilización del sistema financiero, y de otros sectores de la actividad económica, para la comisión de los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, es que los comentarios que las personas tengan sobre el contenido de esta nueva Circular UAF se recibirán hasta el viernes 27 de abril del presente año, a través del correo electrónico circularenconsulta@uaf.cl
Los comentarios recibidos serán procesados, pero no respondidos por la UAF.
Para descargar el documento de propuesta de la nueva Circular, diríjase a www.uaf.cl, sección Legislación Chilena ALA/CFT, item Normativa en Consulta.
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