El Tribunal Calificador de Elecciones se pronunciará respecto de la reclamación interpuesta en contra de la resolución N° G225 del Servicio Electoral que sancionó a Jorge Martínez Arroyo, ex candidato a concejal por la comuna de Viña del Mar, con una multa de 40 UTM por infracción al artículo 35 inciso 1° de la LOC sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
Cabe recordar que el Servel abrió un procedimiento administrativo sancionatorio contra el ex candidato por haber realizado propaganda electoral en espacio público no autorizado, mediante la instalación de un cartel en calle Plaza Jardines José Francisco Vergara y Plaza Sucre, dentro del periodo de propaganda electoral.
En su libelo, el recurrente sostiene que no tuvo posibilidad de una correcta defensa ante la instancia administrativa, ni tampoco la posibilidad de presentar debidamente el material probatorio disponible a objeto de liberarse del cumplimiento de la sanción o bien obtener una de menor entidad, como asimismo tampoco acceso al expediente sancionatorio solicitado. Además, aduce que los gastos por confección e instalación de palomas de propaganda política costaron alrededor de $6.000 por unidad, y dado que las presuntamente irregulares ascienden sólo a 6 de las 70 instaladas, la multa impuesta resulta contraria al principio de proporcionalidad de la pena establecido en la ley. Por lo anterior, pide que se deje sin efecto la multa impuesta, o bien se rebaje prudencialmente su monto.
Corresponde ahora que el Tribunal Calificador de Elecciones se pronuncie sobre esta reclamación.
RELACIONADOS