En fallo unánime, la Corte Suprema acogió recurso de queja y ordenó al Octavo Juzgado de Garantía de Santiago admitir a tramitación querella por contrato simulado presentada en contra de la empresa Solvtrans y filial chilena de naviera noruega.
La sentencia sostiene que esta Corte no puede dejar de tener en consideración que se ha sostenido en el recurso y se ha demostrado en estrados que efectivamente existe actualmente una investigación pendiente iniciada por querella presentada por un tercero en contra de la misma querellada, por los mismos hechos a los que les atribuye calidad de delito y que ha sido declarada admisible, la que fue remitida por incompetencia al 8° Juzgado de Garantía de Santiago, tribunal que la aceptó a tramitación el pasado 16 de noviembre.
La resolución agrega que al emitir los jueces del fondo declaraciones que exceden el ámbito que faculta el artículo 114 letra c) del Código Procesal Penal para el examen de admisibilidad de una querella, desoyendo además la circunstancia de existir vigente un procedimiento iniciado de esta manera por, básicamente, los mismos hechos que se atribuyen al querellado de autos y dirigido en contra de esa misma persona, han incurrido en una falta o abuso grave que es preciso corregir, sin que sea posible admitir que se trate de una mera cuestión de interpretación, puesto que, en realidad, la decisión recurrida ha sido dictada sobre la base de elementos de hecho que no se han demostrado, y que precisamente demandan la investigación que se ha denegado, impuesta al Ministerio Público por el artículo 3° del Código Procesal Penal.
Vea texto íntegro de la sentencia
RELACIONADO
*Corte de Santiago confirma fallo que condenó a autor de contratos simulados y estafa…