En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de nulidad presentado por la parte querellante contra la sentencia que absolvió a Carlos López Vega, exalcalde de la comuna de Sierra Gorda, sindicado como autor del delito de estafa. Ilícito que habría cometido en julio de 2012.
La sentencia sostiene que ningún razonamiento efectuado por los jueces de mayoría desestima el despliegue psicológico del ánimo de defraudar, que es evidente e inequívoco, incluso ni siquiera se entrega una justificación por parte del acusado, quien solo sostiene una preferencia para ser transferido a otra empresa ‘Asesoría y Consultoría y Gestión Empresarial EMEJ Limitada' y suspicazmente no explica el perjuicio, ni el ánimo de ocasionar un enriquecimiento a propósito de haberse generado una disposición patrimonial sobre una oferta de negocio que para ambas partes era solo un proyecto, pero que él al incumplirlo en la forma indicada, demostró que nunca siquiera hubo una posibilidad de concretarlo, de manera que ello desborda el incumplimiento civil y hace evidente el dolo del autor.
La resolución agrega que cuando éste realiza gestiones que le permite adquirir o vender el terreno, según él prefiriendo a otra persona jurídica, frente a situaciones que eran evidentes en su compromiso, el ánimo de defraudar en términos dolosos que termina por aparecer evidente, fluye lógica y jurídicamente, por ello los jueces debieron haber explicado de qué manera esto se destruye, lo que no se hizo, ni siquiera la declaración del acusado, ni ninguna otra prueba, explica esta situación, de manera que se ha incurrido en un motivo absoluto de nulidad.
Vea texto íntegro de la sentencia
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