Cabe señalar que todos los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado deberán incluir en los niveles de enseñanza que impartan –parvularia, básica y/o media— un Plan de Formación Ciudadana.
El Plan de Formación Ciudadana debe integrar y complementar las definiciones curriculares nacionales para brindar a los estudiantes la preparación necesaria en este ámbito.
Se trata de que los estudiantes reciban los contenidos necesarios para asumir una vida responsable en una sociedad libre y dé orientación hacia el mejoramiento integral de la persona humana, como fundamento del sistema democrático, la justicia social y el progreso.
El Plan apunta hacia la formación de ciudadanos, con valores y conocimientos que fomenten el desarrollo del país, con una visión del mundo centrada en el ser humano, como parte de un entorno natural y social.
Con respecto a cómo se hará entrega de esos contenidos en la educación Parvularia, se hará de acuerdo a las características de los alumnos, por ejemplo, a través del juego.
En cuanto a los objetivos del Plan, estos son: Promover la comprensión y análisis del concepto de ciudadanía y los derechos y deberes asociados a ella en una sociedad democrática; Fomentar en los estudiantes el ejercicio de una ciudadanía crítica, responsable, respetuosa, abierta y creativa; Promover el conocimiento, comprensión y análisis del Estado de Derecho y de la institucionalidad local, regional y nacional; Promover el conocimiento, comprensión y compromiso de los estudiantes con los derechos humanos, con especial énfasis en los derechos del niño; Fomentar en los estudiantes la valoración de la diversidad social y cultural del país; Fomentar la participación de los estudiantes en temas de interés público; Garantizar el desarrollo de una cultura democrática y ética en la escuela; Fomentar una cultura de la transparencia y la probidad y Fomentar en los estudiantes la tolerancia y el pluralismo.
Los elementos que debe considerar el Plan son acciones concretas para el cumplimiento de los objetivos. Ello incluye una planificación curricular que incluya los contenidos en las diversas asignaturas; talleres y actividades extra programáticas; formación de docentes y directivos; actividades de apertura del establecimiento a la comunidad; promoción a través de actividades de una cultura de diálogo y sana convivencia escolar; estrategias para fomentar la representación y participación de los estudiantes y otras que el sostenedor y la comunidad educativa consideren pertinentes.
En lo que se refiere a la libertad que tiene el sostenedor para definir el plan, cada sostenedor podrá fijar el contenido del plan de formación ciudadana, pero sobre la base de lo que dispone la ley y las bases curriculares aprobadas por el Consejo Nacional de Educación.
El plan de cada establecimiento debe ser público, el director del establecimiento lo dará a conocer a comienzos de cada año al Consejo Escolar y consultará con éste las modificaciones que deban hacerse para perfeccionarlo.
Asimismo, el Ministerio de Educación debe apoyar a los establecimientos que lo soliciten para el desarrollo de los planes.
El Ministerio de Educación a más tardar durante el año 2017, presentará al Consejo Nacional de Educación una propuesta para incorporar la asignatura de Formación Ciudadana al Plan de estudios de 3° y 4° año de la enseñanza media.
RELACIONADOS
*TC declaró constitucionalidad de normas contenidas en proyecto que crea Plan de Formación Ciudadana…
*Cámara aprueba informe de Comisión Mixta sobre proyecto que crea plan de formación ciudadana…
*Moción incorpora en establecimientos educacionales plan de formación ambiental…