La Corte Suprema no dio lugar a queja presentada en contra de los integrantes de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que no acogieron recurso de amparo y ordenaron entregar información solicitada sobre el uso de antibióticos en cultivos de salmón.
La sentencia del máximo Tribunal sostiene que en el presente caso, por aparecer de los antecedentes que lo debatido es una cuestión de interpretación y alcance de determinadas normas legales, no es posible concluir que los jueces recurridos al acoger el reclamo de ilegalidad deducido en contra de la decisión de amparo Rol C-1536-2015 adoptada por el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia que rechazó el amparo por denegación de información, hayan realizado alguna de las conductas que la ley reprueba y que sería necesario reprimir y enmendar mediante el ejercicio de las atribuciones disciplinarias de esta Corte.
Decisión adoptada con los votos en contra del Ministro Aránguiz y del abogado (i) Prado.
Vea texto íntegro de la sentencia
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