El Ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, condenó a los ex carabineros Renán Antonio Ahumada Tapia y Orlando Sergio Astete Sánchez, a la pena de 15 años y un día de presidio sin beneficios, en calidad de autores del delito de homicidio calificado contra Onofre Peña Castro, ilícito perpetrado el 9 de octubre de 1973 en las inmediaciones del túnel La Calavera, ubicado en la Ruta 5 Norte de la región de Valparaíso.
En la etapa de investigación, el Ministro Arancibia logró establecer que el día 9 de octubre de 1973, alrededor de las 21.30 horas, por orden del teniente de Carabineros de la Comisaria de Catemu, provincia de San Felipe, fue detenido al interior de su domicilio Onofre Peña Castro, a la sazón regidor del partido Comunista de Chile, detención practicada por funcionarios de Carabineros de esa unidad policial, quienes se movilizaban en una camioneta blanca.
Enseguida el fallo del Tribunal de alzada establece que posterior a su detención, y luego de ser interrogado en la tenencia de Catemu, Onofre peña Castro es trasladado al sector del túnel La Calavera, ubicado en la Ruta 5 Norte, lugar donde es abatido por los funcionarios que lo custodiaban, recibiendo impactos de bala en la cabeza y en el tórax, los que le producen la muerte. Su cuerpo es hallado en un canal de regadío a los días después, a una distancia de entre 3 y 4 kilómetros de donde fue abatido, por uno de sus hijos.
Vea texto íntegro de la sentencia.
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