El Tercer Tribunal Ambiental, realizará la audiencia de alegatos en el recurso de reclamación “Centro de Estudio y Conservación del Patrimonio Natural y otros con Comité de Ministros.
Al respecto, cabe recordar que el “Comité Bulnes sin Termoeléctrica”, dedujo recurso de reclamación en contra de la resolución exenta dictada por el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, Secretario del Comité de Ministros, que rechazó el recurso de reposición interpuesto en contra de la resolución de calificación ambiental de la Comisión de Evaluación de la Región del Bio Bio que calificó favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental, del proyecto denominado “Central El Campesino” cuyo titular es la empresa El Campesino S.A. no cumplía con los requisitos formales para su tramitación.
Los recurrentes sostienen en su reclamación que la decisión de la autoridad administrativa es ilegal, por cuanto impide en la práctica que las observaciones formuladas por el conjunto de personas jurídicas y naturales durante el proceso de participación ciudadana y que no fueron debidamente respondidas, puedan ser sometidas a la consideración del Comité de Ministros del artículo 20 de la LGBMA, configurándose plenamente la hipótesis normativa establecida en el artículo 17 Nº 6 de la LTTAA, en cuanto a que el tribunal ambiental es competente para conocer de las reclamaciones judiciales contra las resoluciones del Comité de Ministros o del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental que resuelva el recurso administrativo “cuando sus observaciones no hubieren sido consideradas en el procedimiento de evaluación ambiental”.
Corresponde ahora que la Tercer Tribunal Ambiental escuche los alegatos el día martes 4 de abril de 2017.
Vea texto íntegro del expediente R47-2017.
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