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En fallo dividido.

CS confirma sentencia que acogió recurso de amparo presentado por INDH en favor de lonko mapuche y su familia.

El máximo Tribunal ratificó la sentencia que acogió la acción cautelar presentada y ordenó remitir todos los antecedentes al Ministerio Público, para que se investiguen los hechos ocurridos en la propiedad de Juana Calfunao.

28 de febrero de 2017

La Corte Suprema confirmó el fallo dictado por la Corte de Temuco que acogió el recurso de amparo presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), en favor de Juana Calfunao Paillalef, un hijo y un nieto de la lonko mapuche, y que ordenó investigar las agresiones que habrían sufrido el 27 y 28 de enero pasado.
La sentencia de la Corte de Temuco sostiene "que de los antecedentes allegados a este recurso, es posible concluir que toda la secuencia de hechos constatados, se inicia con el derribamiento de un árbol en la vía pública -reconocido por los recurrentes- y que luego de la intervención policial se producen hechos que podrían revestir caracteres de delitos, acción de investigación de la cual carecen los Tribunales de Justicia y que deben ser averiguados por el órgano persecutor competente, esto es, el Ministerio Público”.
El Tribunal de alzada agrega “que por otra parte, existiendo una medida cautelar emanada de un Tribunal Internacional que obliga al Estado chileno a ser cumplida, esta Corte acogerá el recurso a fin de que se investiguen todos los hechos por el organismo que corresponda".
Decisión adoptada con el voto en contra del Ministro Juica, quien estuvo por rechazar el recurso de amparo.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema y de la Ilustrísima Corte de Temuco.

 

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