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Atribuciones fiscalizadoras y capacidad sancionatoria.

DGA podría intervenir directamente en casos de robo de agua.

Iniciativa comprende multas de mayor cuantía para quienes cometan infracciones, nuevas sanciones a quienes dupliquen títulos, permite a los fiscalizadores ingresar a predios y llamar a la fuerza pública. Además, sanciona la reincidencia de delitos, velando por la sustentabilidad de los acuíferos y disponibilidad de las fuentes.

29 de diciembre de 2016

La Comisión Especial de Recursos Hídricos, Sequía y Desertificación terminó de votar el proyecto de ley  que modifica el Código de Aguas en materia de información, fiscalización y sanciones, reforzando las atribuciones de la DGA en estos aspectos, quedando en condiciones de ser analizado por la Sala.
En el ámbito de la información, las organizaciones de usuarios de agua deberán instalar sistemas de medición y de transmisión de sus extracciones; los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas deberán  informar el uso de las aguas al constituir y transferir sus derechos;  y el Conservador de Bienes Raíces informará a la DGA de todas las inscripciones de derechos en un formato práctico.
En materia de fiscalización, se faculta a la DGA para acceder a predios colindantes con cauces naturales para cumplir sus funciones; solicitar directamente el auxilio de la fuerza pública en sus funciones de fiscalización;  y los fiscalizadores  DGA tendrán la calidad de ministros de fe; además, la DGA podrá ejecutar por sí u ordenar la ejecución de sus resoluciones para regularizar cauces a otros servicios MOP ante su incumplimiento. Por último, permite a la DGA aplicar directamente sanciones elevadas ante modificaciones no autorizadas de cauce.
En cuanto a las sanciones, se tipifican las infracciones al Código de Aguas con sanciones de mayor cuantía a las actuales, las que hoy son mínimas;  se gradúan las multas según características objetivas para reducir la discrecionalidad; y para quien duplique la inscripción de su derecho en el Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces, se crea una sanción penal nueva con multas y la revocación del título duplicado. Entre las infracciones más recurrentes figuran el construir obras no autorizadas en cauce, extracción de aguas no autorizadas, incumplimiento de la obligación de instalación de control de extracciones y extracción de áridos no autorizada, entre otras.
La presidenta de la instancia, la senadora Adriana Muñoz, quien valoró la aprobación de las diversas disposiciones, la mayor parte de las cuales recibió un respaldo unánime, señaló que los usuarios del agua, particularmente, quienes diariamente denuncian robos de sus derechos, esperan con ansias esta ley para frenar este tipo de delitos”.
La legisladora explicó que “el texto que hemos consensuado amplía el ámbito de acción de la Dirección General de Aguas (DGA) en sus competencias relativas a la fiscalización y sanción. El actual Código de Aguas que data de 1981, acota su gestión. Ahora estamos corrigiendo eso”.
La congresista agregó que “ahora la DGA podrá recoger información de los conflictos que tienen diversos usuarios en las cuencas. Este organismo podrá entrar a dirimir. Por ejemplo, ahora los fiscalizadores podrán ingresar a un predio, cuando exista una denuncia por robo de agua, sin esperar la autorización del intendente o gobernador, como hoy lo ordena la ley”.
Asimismo, los dueños de derechos de agua deberán informar a la DGA el agua que efectivamente utilizan. “La clave acá es medir el agua. Sobre todo en condiciones de escasez del recurso, lo primero que hay que hacer es cuantificar y conocer el uso que se le da a éste. Queremos que este organismo tenga la información necesaria en tiempo real, y para eso, los usuarios deberán informar con periodicidad”, indica.

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis.

 

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