A partir del domingo 18 de diciembre se inicia la vigencia de la ley 20.886 que regula esta materia en las cuatro jurisdicciones que aún no se integraban al sistema: Valparaíso, San Miguel, Santiago y Concepción.
Cabe recordar que la citada ley regulará todos los aspectos relacionados con la tramitación de causas en la Corte Suprema, Cortes de Apelaciones, tribunales de juicio oral en lo penal, juzgados de Letras, Garantía, Familia, Letras del Trabajo y Cobranza Laboral y Previsional.
Para tener acceso a la tramitación y presentación de demandas, escritos y documentos, los usuarios deberán identificarse con la "Clave Única del Estado", proporcionada y administrada por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Las presentaciones efectuadas a través de la oficina se entenderán suscritas por el usuario que las remite, sin necesidad de contener su firma manuscrita, entendiéndose la clave única electrónica como firma electrónica simple".
Vea texto íntegro de la ley N° 20.886 y acceda a los vídeos que explican la tramitación.
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