Con un rechazo transversal fue recibida la publicación del manual de consulta de campaña y propaganda por parte del Servicio Electoral (SERVEL), en cuyo contenido se estipulaba la prohibición de realizar propaganda a través de redes sociales como Facebook, Twitter, WhatsApp, entre otros.
La revertida sanción a la propaganda política a través de redes sociales pasa a ser una expresión más de un impulso híper regulador que no se ajusta a las necesidades y ámbitos específicos de aplicación de la norma y que de modo paralelo, lesiona principios vitales del orden democrático como son la libertad de expresión y la competencia en el sistema político.
El episodio es también un reflejo de un cúmulo de desaciertos en lo que concierne a la facultad exclusiva en materia interpretativa de la norma que posee el Servicio Electoral, situación preocupante, por cuanto se trata de una institución recientemente dotada de mayores facultades, y sobre la cual se erigen los parámetros de objetividad, imparcialidad, certeza y legalidad de las contiendas electorales.
Vea informe de Libertad & Desarrollo.
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