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De 2010.

Presentan mociones para anular cuestionada norma en ley del royalty minero.

La Fiscalía evalúa la posibilidad de cohecho y la comisión de delitos tributarios, por la eventual intervención que habría tenido en la determinación de la norma una compañía del sector minero.

25 de abril de 2016

En atención a la investigación que realiza el Ministerio Público, en torno a un posible cohecho y la eventual comisión de delitos tributarios por parte de una empresa minera nacional, que habría influido en la determinación de una norma transitoria en el contexto de la tramitación de un cambio legal a la Ley del royalty minero, en 2010, dos grupos de legisladores presentaron mociones para anular dicho artículo.
La primera de las propuestas (boletín 10597) fue presentada por los diputados Hugo Gutiérrez, Lautaro Carmona, Daniel Núñez, Karol Cariola, Camila Vallejo, Sergio Aguiló, Juan Luis Castro, Leonardo Soto, loreto Carvajal y Cristina Girardi. Pasó a consideración de la Comisión de Constitución.
Los legisladores resaltaron los antecedentes conocidos a través de la prensa, en que se da cuenta de una eventual influencia de parte de SQM en la definición del artículo cuarto transitorio de la Ley 20.469, que introdujo modificaciones a la tributación de la actividad minera.
La norma, en términos concretos, aborda la situación de las empresas nacionales que soliciten la suscripción de un contrato de invariabilidad sometido al nuevo impuesto a la actividad minera que se fijó en la Ley 20.469.
La segunda iniciativa (boletín 10598) fue ingresada a trámite por los diputados Marcelo Schilling,Daniella Cicardini,Juan luis Castro, Fidel Espinoza, Luis Lemus, Daniel Melo, Manuel Monsalve y Raúl Rocafull. Fue derivada a la Comisión de Hacienda.
Los parlamentarios, tras recordar el contexto de la Ley 20.469 y retrotraer su función como vía de financiamiento de la reconstrucción del terremoto/maremoto de 2010, lamentaron las "espurias motivaciones subyacentes" en varias disposiciones del cuerpo legal, tal como se ha conocido públicamente.
Afirman, que no existe una justificación racional que haya sustentado la aprobación de un artículo de las características del actual cuarto transitorio de la Ley 20.469, ni que pueda sustentar su mantención en la actualidad.
Asimismo, explicaron que las autoridades del anterior Gobierno propusieron una extensión del plazo de la invariabilidad tributaria para aquellos explotadores mineros que fueran titulares de un régimen de este tipo, cuya fuente fuera un contrato de inversión extranjera celebrado con el Estado de Chile.
El proyecto avanza en proponer la supresión del artículo cuarto transitorio de la Ley 20.469, al tiempo que reordena numéricamente las restantes normas transitorias.

 

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