La Corte Suprema envió al Congreso Nacional informe respecto del proyecto de ley que modifica el Código de Aguas, que se encuentra en tramitación en la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación de la Cámara de Diputados.
Cabe recordar que el proyecto fue analizado en sesión de pleno el miércoles 11 de noviembre pasado, y remitido a la presidenta de la comisión parlamentaria, diputada Yasna Provoste, el viernes 13. Las modificaciones propuestas se refieren al procedimiento de regularización de los derechos provenientes de predios expropiados –total o parcialmente– o adquiridos con arreglo a las leyes N° 15.020 y 16.640.
En su oficio, sostiene en esencia que no pareciera ser fuente de reparos que el organismo técnico estatal competente para conocer y resolver esta materia sea la Dirección General de Aguas y no el Servicio Agrícola y Ganadero, el que podrá actuar como auxiliar técnico proporcionando información necesaria para la adecuada resolución de la solicitud. De la misma forma, esta regulación establece el procedimiento posterior a la resolución para su inscripción en el Registro de Propiedad de Aguas y la forma de oponerse a dicha resolución por la vía administrativa o judicial. En concordancia con lo expresado, contra la resolución de la autoridad administrativa procederán los recursos establecidos en los artículos 136 y 137 del Código de Aguas. Que la modificación propuesta no merece objeciones de parte de este Tribunal Pleno en el ámbito en que se encuentra llamado a informar por el Constituyente.
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