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No es la vía idónea.

CS aprobó sentencia y rechaza amparo económico deducido contra resolución de Juzgado Civil de Valdivia.

La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó la acción de amparo económico; decisión que, en consulta, fue aprobada por la Corte Suprema.

22 de septiembre de 2015

Se dedujo recurso de amparo económico –por parte de un particular- en contra del Secretario Titular del Segundo Juzgado Civil de Valdivia, y en contra de la Secretaria Subrogante del mismo Tribunal.

Al efecto, adujo en su libelo el actor que al proveerse un escrito de apelación en la causa rol N° 4801-2013 de dicho tribunal, con fecha 24 de julio de 2015, no se admitió a tramitación, estampándose “no ha lugar”, a pesar de que la suma del mismo indicaba que se apelaba y la parte petitoria solicitaba “elevar los autos al tribunal de alzada para su conocimiento y resolución, revocándola en todas sus partes con expresa condenación en costas”, lo cual, a juicio del recurrente, supone impedir el desarrollo de su actividad económica de ejercer la profesión de abogado.

La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó la acción de amparo económico; decisión que, en consulta, fue aprobada por la Corte Suprema.

En su sentencia, adujo el Tribunal de alzada que los hechos en que se funda el recurso de amparo económico, como una forma de solucionar el rechazo de la interposición de un recurso de apelación, resulta una vía impropia, pues la negativa debió ser recurrida conforme a los recursos correspondientes que establece la ley al efecto, como lo es el denominado verdadero recurso de hecho, conforme al artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, frente a la apelación denegada.

Por consiguiente, concluye el fallo expresando que, como ha señalado la Excma. Corte Suprema (rol N° 154-2004 y rol N° 2571-2004), no resulta admisible que el amparo económico sea utilizado como una suerte de recurso de orden general, destinado a impugnar todo tipo de actuaciones de las autoridades judiciales o administrativas, pues ello comportaría desvirtuar la naturaleza jurídica del denominado “recurso de amparo económico”.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N°14290-2015.

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia Rol N°1054-2015.

 

 

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