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Modifica Ley N°15.720.

Pretenden introducir criterios de alimentación escolar saludable en programas de la JUNAEB.

Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Educación, Deportes y Recreación de la Cámara de Diputados.

28 de septiembre de 2018

La moción de los diputados Bellolio, Cariola, Girardi, González, Rojas, Santibáñez, Sepúlveda, Vallejo, Verdessi y Winter, tiene por objeto actualizar la Ley N°15.720, que crea la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB), dictada hace ya más de 50 años, en relación a los instrumentos internacionales suscritos por Chile respecto de la alimentación y la nutrición, dar cuenta del avance de los conocimientos científicos en la materia y hacer frente a los desafíos que en el presente deben abordar los programas y planes de alimentación escolar.

Los autores exponen su preocupación en relación al alza de la obesidad infantil en el mundo y particularmente en Chile, con las consecuencias que ello conlleva para la salud. Así, exponen que en Chile los últimos datos disponibles del Ministerio de Salud muestran que en los menores de 6 años la obesidad en 2009 era 9,4% y en 2012 llegó al 10,3% en promedio, siendo la obesidad, entre los 2 a 3 años, de un 6%; entre 3 a 4 años de un 11%; y entre 4 a 5, de un 16%.

En este contexto, señalan que la diabetes infantil en nuestro país ha ido en rápido incremento y se ha convertido en la segunda enfermedad crónica más común en la infancia. Explican que si bien antiguamente era una enfermedad propia de adultos, con el crecimiento del índice de obesidad infantil en Chile (siendo Chile el sexto país con mayor obesidad infantil, según la OCDE y la Asociación Internacional para el estudio de la obesidad, de acuerdo a cifras de 2011), asociado a una vida sedentaria y a los malos hábitos alimenticios, los casos de diabetes infantil han aumentado considerablemente entre los niños.

En virtud de lo anterior, con base en las falencias detectadas en el funcionamiento de la JUNAEB por la Comisión Investigadora de la Cámara de Diputados que operó entre 2014 y 2015, y, además, porque el organismo lanzó un programa a fines de 2016 para combatir la obesidad infantil respecto del cual, manifiestan los diputados, no se conocen los resultados empíricos; pero también basados en la experiencia comparada y en los instrumentos internacionales, los autores consideran que el sistema de alimentación escolar debería tener una fuerte vinculación con las características locales y con injerencia de las comunidades; que tendría que transitar de un sistema de grandes proveedores a la adquisición de productos locales y frescos, favoreciendo las agriculturas familiares y la creación de huertos escolares; y, por último, que necesitaría ir de la mano de una educación sobre los alimentos y sus propiedades nutricionales.

Concretamente, la moción se compone de dos artículos que modifican la Ley N°15.720. El primero dispone agregar en la letra a) del artículo 2º, después de la palaba “alimentación” la expresión “saludable”. A su vez, el segundo, supone incorporar, a continuación de la letra i) del artículo 2º de la referida ley, el siguiente texto: “Los programas de alimentación señalados en la letra a) de este artículo, considerarán la condición de salud de los niños y niñas, contemplando un trato diverso, entre otros, para la obesidad, celíacos, trastornos del desarrollo, alérgicos alimentarios. Estos mismos programas propenderán a desarrollar hábitos de alimentación saludable y a promover el consumo de alimentos frescos, evitando al máximo el uso de productos artificiales y/o alimentos procesados, favoreciendo las compras locales a la agricultura familiar campesina, la pesca artesanal y el encadenamiento productivo local. Promoverán también el desarrollo de huertos escolares. Todo con respeto a las comunidades, sus culturas y hábitos alimentarios. En caso alguno se podrán adquirir ni utilizar productos alimentarios que presentan elevados contenidos de azúcares, sodio y grasas saturadas, determinados conforme prescribe la Ley Nº 20.606, en este caso,  estén o no rotulados con la señalética de “altos en” que se utiliza para el expendio al público”.

Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Educación, Deportes y Recreación de la Cámara de Diputados.

 

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

 

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