La Sala del Senado aprobó en general (por 26 votos a favor y 2 abstenciones), el proyecto, en segundo trámite, que crea el Servicio Nacional Forestal y que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Durante el debate intervinieron los senadores José García Ruminot, Rabindranath Quinteros, Carlos Bianchi, Isabel Allende, Alfonso De Urresti, Juan Pablo Letelier, Alejandro Navarro, Víctor Pérez Varela y Ricardo Lagos Weber. Además del ministro de Agricultura, Carlos Furche.
En la ocasión quedaron de manifiesto las aprensiones que existen respecto a cómo se va a compatibilizar este proyecto que crea la Conaf pública con el relativo al Servicio de Biodiversidad y Sistema Nacional de Áreas Protegidas.
Cabe recordar que, entre otras materias, la iniciativa crea el Servicio Nacional Forestal, como servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que para todos los efectos será el continuador y sucesor legal de la Corporación Nacional Forestal; dispone que el Servicio tendrá por objeto la preservación, desarrollo, manejo y uso sustentable de los bosques y demás formaciones vegetacionales del país y de los componentes de la naturaleza asociados a éstas. Asimismo, deberá velar por la protección contra incendios forestales.
Asimismo, define las funciones y atribuciones que corresponderán al Servicio para el cumplimiento de sus objetivos, entre las cuales se destacan las de ejecutar las políticas sobre desarrollo y uso sustentable de las formaciones vegetacionales del país, como también aquellas que incidan en la conservación de los componentes de la naturaleza asociados a éstas, la mantención del paisaje y los servicios ambientales que provean. Además, le corresponderá realizar los programas de prevención y protección contra incendios forestales.
De otro lado, crea, con carácter consultivo y ad honorem, el Consejo de Política Forestal, con la función de asesorar al Ministro de Agricultura en materias de carácter forestal, cuando éste así lo requiera, y cuyas normas sobre conformación y funcionamiento serán determinadas por un reglamento dictado por el Ministerio de Agricultura.
De igual modo, el proyecto regula la estructura orgánica del Servicio compuesta por el Director Nacional, a quien corresponderá la dirección y administración superior del Servicio, fijándose sus funciones y atribuciones, en las cuales lo subrogará un subdirector. También existirán las direcciones regionales, a través de las cuales se desconcentrará territorialmente el Servicio.
La iniciativa quedó así con plazo para realizar indicaciones hasta el 5 de marzo próximo, y según el acuerdo de la Sala será analizada por las Comisiones de Agricultura y Medioambiente.
Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis.
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