En el marco de la discusión del proyecto de ley que modifica las normas para la defensa de la libre competencia, y que propone aumentar sanciones a la colusión, la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado acordó aumentar al doble las multas para empresas que se coludan.
Al efecto, la instancia planteó que además de las penas de cárcel que se contemplan a las empresas que se coludan esta se agrave con multas que puedan alcanzar un techo de hasta 60 mil UTA.
Durante el debate los integrantes de la iniciativa recordaron que actualmente las sanciones son de 20 mil UTA y que en circunstancias especiales puede llegar a 30 mil UTA "lo cual muchas veces es bastante inferior al beneficio económico que ha recibido un cartel".
Asimismo, expresaron que los criterios acordados para la aplicación de las multas, serán los siguientes: “que la sanción se determinará teniendo en consideración el 30% de las ventas de las empresas coludidas o si esto no se puede determinar, será el doble del beneficio económico que estas empresas coludidas haya obtenido y en el caso de que ninguno de esos dos criterios pudiera aplicarse se abre la posibilidad de que la sanción sea por 60 mil UTA, es decir, el doble del tope de lo que hoy día existe".
Finalmente, informaron que la Comisión en comento ya resolvió lo relativo a las sanciones penales que se van a aplicar al delito de colusión, al tipo de prueba que recaudará la Fiscalía Nacional Económica y cómo esa prueba se utiliza después en el juicio penal.
Corresponde ahora que las propuestas sean ratificadas por la Sala del Senado.
Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis.
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