La Cámara de Diputados aprobó con -91 votos a favor y 1 abstención- las modificaciones incorporadas por el Senado al proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo en materia de participación de los menores en espectáculos públicos.
Al efecto, cabe recordar que la iniciativa establece que «en ningún caso se podrá autorizar a menores de edad para trabajar en recintos o lugares donde se realicen o exhiban espectáculos de significación sexual”.
Asimismo, el nuevo texto señala que los menores de 18 años y mayores de 15 podrán actuar en espectáculos vivos que no se desarrollen en cabarets u otros establecimientos similares o en aquellos en que se expendan bebidas alcohólicas que deban ser consumidas en el mismo establecimiento, siempre que cuenten con autorización de su representante legal y del respectivo Tribunal de Familia. Esta última autorización se otorgará previa verificación del cumplimiento de los requisitos previstos por la ley y cuando dicha actuación no sea peligrosa para la salud, seguridad o moralidad del menor.
Finalmente, dispone que en casos debidamente calificados, cumpliendo con los requisitos que establece la ley y con la autorización de su representante legal o del respectivo Tribunal de Familia, podrá permitirse a los menores de quince años que celebren contratos para participar en espectáculos de personas y entidades dedicadas al teatro, cine, radio, televisión, circo u otras actividades similares.
Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.
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