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A tercer trámite.

Senado despachó proyecto que reforma sistema binominal.

De ese modo, la iniciativa quedó en condiciones de cumplir su tercer trámite constitucional en la Cámara de Diputados.

14 de enero de 2015

Tras una larga jornada, la Sala del Senado despachó el proyecto que sustituye el sistema electoral binominal por uno de carácter proporcional inclusivo y fortalece la representatividad del Congreso Nacional.

Entre las principales materias resueltas, se encuentra la norma que establece que para la elección de los 155 miembros de la Cámara de Diputados habrá 28 distritos electorales y sus respectivos número de diputados que van entre 3 y 8, de acuerdo la distribución descrita en el artículo 179 detallado por comunas.

Asimismo, la integración de la Cámara Alta quedó con 50 senadores y se establece que para los efectos de la elección de los senadores, cada región constituirá una circunscripción senatorial y elegirá el número de senadores que se indica.

De otro lado, se despachó la fórmula que, en la práctica, termina con el sistema binominal y lo reemplaza por este sistema proporcional. El método D'Hodt es el sistema de coeficiente que permite obtener el número de cargos electos asignados a las candidaturas, en proporción a los votos conseguidos.

En relación al umbral para candidatos independientes, se aprobó la disposición que establece que dichas candidaturas requerirán de «un número de ciudadanos igual o superior al 0,5% de los que hubieran sufragado en la circunscripción o en el distrito respectivo, en la anterior elección periódica de acuerdo con el escrutinio general realizado por el Tribunal Calificador de Elecciones».

Luego, se respaldó tanto la norma referida a que “de la totalidad de declaraciones de candidaturas a diputado o senador declaradas por los partidos políticos, hayan o no pactado, ni los candidatos hombres ni las candidatas mujeres podrán superar el 60% del total respectivo» como aquella que expresa que “los partidos políticos existirán como tales cuando se hubieren constituido legalmente en al menos una (1) de las regiones en que se divide políticamente el país”.

Finalmente, la Sala del Senado abordó la norma que permite proceder a la afiliación de los miembros de partidos políticos en formación, para lo cual se dispondrá de un plazo de doscientos diez días. Será necesario que se afilie al partido un número de ciudadanos con derecho a sufragio equivalente, a lo menos, al 0,25 por ciento del electorado que hubiere sufragado en la última elección de Diputados en cada una de las Regiones donde esté constituyéndose, según el escrutinio general practicado por el Tribunal Calificador de Elecciones”.

De ese modo, la iniciativa quedó en condiciones de cumplir su tercer trámite constitucional en la Cámara de Diputados.

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis.

 

 

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