La moción de los diputados Álvarez-Salamanca, Bellolio, Hasbún, Hernández, Hoffmann, Macaya, Molina, Morales, Sandoval y Ward,modifica la ley orgánica constitucional de Municipalidades, con el objeto de permitir el establecimiento de instancias de asesoramiento técnico en materia medioambiental en los municipios.
Al efecto, cabe recordar que el artículo 4 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades señala que éstas pueden desarrollar directamente o con otros órganos de la administración del Estado, funciones relacionadas con la salud pública y la protección del medio ambiente.
Por su parte el artículo 9 Ter, de la ley de Bases del Medio Ambiente, indica que en la formulación de proyectos o actividades que requieran estudios o declaraciones de impacto ambiental, deberán solicitar pronunciamiento, entre otros, a las municipalidades del lugar en que incida.
La misma ley citada establece entre sus objetivos la consagración de convenios de colaboración con Gobiernos Regionales y Municipalidades destinados a adoptar las medidas necesarias para asegurar la integridad, conservación y reparación del medio ambiente regional y local, así como la educación ambiental y la participación ciudadana.
En ese sentido, los autores de la iniciativa arguyen que en Chile el asunto medio ambiental es algo de creciente conciencia en cuanto a su importancia. En los últimos años se han incorporado a nuestra legislación nacional medidas que en términos amplios y generales buscan regular y proteger el medio ambiente como una política de Estado.
La iniciativa se encuentra en primer trámite constitucional y será estudiada por la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización de la Cámara de Diputados.
Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.
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