La Comisión Especial del Adulto Mayor aprobó –con unanimidad- las mociones que modifican el artículo 445 del Código de Procedimiento Civil y prohíbe embargar el único bien raíz que sirva de residencia principal al adulto mayor y su familia, y que no exceda las 5 mil UTM. (Véase relacionado)
En la ocasión, el diputado Pérez, destacó la rápida tramitación que han tenido los proyectos de ley –los que fueron refundidos en esta materia- ello porque es necesario proteger el patrimonio de aquellas personas que tengan más de 60 años, que no tengan ingresos mayores a 50 UTM y que su vivienda se encuentre debidamente inscrita en el Conservador de Bienes Raíces con al menos 20 años de antigüedad. Agregó, que la iniciativa nace con el objeto de proteger a los adultos mayores que se encuentran vulnerables ante engaños de inescrupulosos o por caucionar obligaciones contraídas por terceros.
Finalmente, los parlamentarios se encontraron satisfechos con la aprobación, y destacaron que la inembargabilidad también se extiende a los bienes muebles que se encontraren dentro de la residencia.
Vea texto íntegro de las mociones boletín N° 8128 y boletín N° 8096.
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