La moción de los diputados Burgos, Edwards, Hoffmann, Letelier, Nogueira, Pérez y Zalaquett, expresa que el ciberbullying se produce cuando un menor en uso de los medios telemáticos busca ejercer el acoso psicológico entre iguales.
Observa luego que estos acontecimientos se han tornado frecuentes en nuestra sociedad, quedando en evidencia casos que “dan cuenta de la situación de violencia al interior de los establecimientos educacionales”.
A fin de evitar tales actos y “educar a los niños, niñas y adolescentes en la correcta utilización de las herramientas tecnológicas”, proponen introducir en la Ley N° 20.370, General de Educación, una norma que sancione con la pena de reclusión menor en sus grados mínimo a medio a quien por medio de internet, telefonía móvil o video juegos online, acose, amenace, intimide o abuse de un menor de 18 años.
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Modifica Ley General de Educación.
Diputados proponen sancionar penalmente las conductas del ciberbullying.
Observa luego que estos acontecimientos se han tornado frecuentes en nuestra sociedad, quedando en evidencia casos que “dan cuenta de la situación de violencia al interior de los establecimientos educacionales”.
1 de agosto de 2011