El respecto y protección a la vida privada y la inviolabilidad de toda forma de comunicación privada se encuentran explícitamente aseguradas por la Carta Fundamental, aunque no en forma absoluta, toda vez que el constituyente –en lo que concierne a las comunicaciones privadas- le encomienda al legislador determinar “los casos y formas” en que ellas podrán interceptarse. A su turno, el Código Procesal Penal -para los fines de una persecución penal- regula de qué modo podrán interceptarse y grabarse comunicaciones telefónicas que revistan tal carácter.
En el seno de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, los abogados Claudio Jofré, Rubén Jerez, el periodista Patricio Mery, además del ex miembro de Carabineros, Esteban Infante, manifestaron que la policía uniformada estaría realizando intervenciones telefónicas a parlamentarios y que utilizaría a infiltrados en manifestaciones sociales.
Entre los afectados por las escuchas -que realizaría DIPOLCAR- se encontrarían miembros del cuerpo diplomático, dirigentes sindicales, además de los diputados Sergio Ojeda, Sergio Aguiló, Guillermo Teillier y Hugo Gutiérrez; como también los Senadores Alberto Espina y Alejandro Navarro.
La Comisión de Derechos Humanos acordó poner los antecedentes en conocimiento del Ministerio Público y del Ministerio del Interior, sin que se descarte la formación de una comisión investigadora.
RELACIONADOS
* CS acogió recurso de casación en el fondo en contra de una sentencia de la Corte de Temuco y condenó al Fisco a pagar 30 millones de pesos por la interceptación telefónica…
* Iniciativa legal propone restringir facultad para que el Ministerio Público y las Policías realicen interceptaciones telefónicas…
* Colegio de Abogados acoge amparo profesional solicitado por un abogado al cual se le interceptaron comunicaciones telefónicas…