La Corte Constitucional de Colombia, en el marco del seguimiento que realiza de las sentencias T-388 de 2013 y T-762 de 2015 que declararon el Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) en virtud de la vulneración masiva y generalizada de los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad en Colombia, convocó una audiencia pública en la que se discutirán cuatro ejes temáticos: (1) El estado actual de la vida en reclusión en Colombia; (2) las medidas contingentes o de choque para la garantía de los derechos fundamentales de la población privada de libertad; (3) el estado de los cuatro bastiones del seguimiento; y (4) la coherencia en la política criminal.
Cabe recordar que las tutelas que motivan el seguimiento declararon el ECI en virtud de la vulneración masiva y generalizada de los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad en Colombia. Igualmente, dichos fallos declararon que la política criminal colombiana ha sido reactiva, populista, poco reflexiva, volátil, incoherente y subordinada a la política de seguridad. Asimismo, señalan que el manejo histórico de la política criminal en el país ha contribuido a perpetuar la violación masiva de los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad e impide, en la actualidad, lograr el fin resocializador de la pena. Así, luego de unificar los seguimientos, reorientó su estrategia a partir de los mínimos constitucionales que se deben garantizar en la vida en reclusión y que fueron definidos, en principio, en los temas de infraestructura, resocialización, alimentación, salud, servicios públicos domiciliarios, y acceso a la administración pública y a la justicia.
Conforme a lo anterior, la Magistratura constitucional colombiana concluye señalando que la celebración de una audiencia pública constituye un aporte relevante en esta etapa del seguimiento a la superación del ECI, debido a que propicia la discusión entre los actores de la política con relación a los logros, estancamiento o retrocesos en la efectiva protección de los derechos de las personas privadas de la libertad.
Vea texto íntegro de la resolución.
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