La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el caso 11.227, Integrantes y Militantes de la Unión Patriótica (UP), respecto de Colombia.
De acuerdo a la CIDH el caso se relaciona con las sucesivas y graves violaciones de derechos humanos cometidas en perjuicio de más de 6.000 víctimas integrantes y militantes del partido político Unión Patriótica en Colombia a partir de 1984 y por más de 20 años. Estos hechos fueron calificados como un exterminio en el informe de fondo y se estableció que los mismos alcanzaron una gravedad y magnitud inusitadas.
Los hechos, continúa el organismo, involucran desapariciones forzadas, amenazas, hostigamientos, desplazamientos forzados y tentativas de homicidio en contra de integrantes y militantes de la UP, perpetrados tanto por agentes estatales como actores no estatales con la tolerancia y aquiescencia de aquellos.
Por ello, la CIDH determinó la responsabilidad del Estado en sus dimensiones de respeto y de garantía. El Estado reconoció su responsabilidad internacional únicamente por el incumplimiento del deber de garantía, en su componente de protección, por no haber prevenido los asesinatos y demás actos de violencia en contra de los miembros de la Unión Patriótica, pese a la evidencia de que la persecución en su contra estaba en marcha.
Por otra parte, la Comisión determinó que ciertas víctimas del caso fueron sometidas a criminalización infundada o uso arbitrario del derecho penal y torturas, en el contexto de varios casos, por lo que concluyó que el Estado violó los derechos a la libertad personal, a las garantías judiciales, a la honra y dignidad y a la protección judicial.
También, la CIDH concluyó que el Estado violó los derechos políticos, la libertad de pensamiento y de expresión, libertad de asociación y el principio de igualdad y no discriminación, en virtud de que el móvil de las graves violaciones de derechos humanos, del exterminio y de la persecución sostenida en contra de las víctimas fue su pertenencia a un partido político y la expresión de sus ideas a través del mismo.
La Comisión además dio por probado que las víctimas del presente caso fueron constantemente estigmatizadas a través de declaraciones de funcionarios públicos y actores no estatales, incluyendo calificativos como terroristas, o brazo político de las FARC, estigmatización que tuvo un efecto en la grave violencia desatada en su contra, por lo que determinó que el Estado violó su derecho a la honra y dignidad.
En lo que se refiere a la investigación de los hechos del caso, la CIDH determinó que las investigaciones adelantadas por el Estado respecto de los hechos del caso han sido incipientes e insuficientes, y no han logrado proveer, ni a las víctimas sobrevivientes, ni a los familiares de las víctimas fallecidas, ni a la sociedad colombiana en su conjunto, de un verdadero esclarecimiento sobre las responsabilidades del exterminio contra los integrantes y militantes de la Unión Patriótica, por lo que concluyó que el Estado violó el derecho a las garantías judiciales y protección judicial.
Por último, la Comisión concluyó que el Estado violó el derecho a la integridad de los familiares de las víctimas del presente caso, tomando en cuenta la magnitud y gravedad de las violaciones y el impacto que tuvo en estos.
En el Informe de Fondo, la Comisión recomendó a Colombia indemnizar adecuadamente a las víctimas y/o sus familiares, por las violaciones de derechos humanos declaradas por la CIDH; investigar el destino o paradero de las víctimas desaparecidas y, de ser el caso, adoptar las medidas necesarias para identificar y entregar a sus familiares los restos mortales; e iniciar, continuar o reabrir las investigaciones penales y disciplinarias correspondientes por la totalidad de las violaciones de derechos humanos declaradas en el presente informe de fondo. Estas investigaciones deberán efectuarse de manera diligente, efectiva y dentro de un plazo razonable con el objeto de esclarecer los hechos en forma completa, identificar todas las posibles responsabilidades e imponer las sanciones que correspondan de manera proporcional a su gravedad.
Vea texto íntegro del comunicado
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