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Sobre la «Pesca ilegal, no declarada y no reglamentada en América Latina: Un problema para abordar en conjunto».

Según la FAO la pesca ilegal representa la mayor amenaza para la sostenibilidad de los recursos pesqueros a corto, mediano y largo plazo.

25 de junio de 2018

En una reciente publicación de la Biblioteca del Congreso Nacional se da a conocer el artículo “Pesca ilegal, no declarada y no reglamentada en América Latina: Un problema para abordar en conjunto”. Se sostiene que según la Organización de Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), se estima que la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) afecta a 1 de cada 5 peces capturados, con un costo anual de 23.000 mil millones de dólares estadounidenses. Además, la pesca INDNR causa múltiples daños a la biodiversidad local, a los ecosistemas y amenaza la seguridad alimentaria de millones de personas.
Ante lo anterior, la BCN afirma que resulta esencial el controlar este tipo de prácticas, alrededor del mundo y especialmente en América Latina.
En esa línea, se detallan los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de Naciones Unidas que contemplan entre sus objetivos el “conservar y utilizar en forma sostenible los océanos, los mares y los recursos marinos” (ODS N°14) y entre sus metas el “reglamentar eficazmente la explotación pesquera y poner fin a la pesca excesiva, la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada y las prácticas pesqueras destructivas” y el “prohibir ciertas formas de subvenciones a la pesca que contribuyen a la sobrecapacidad y la pesca excesiva, eliminar las subvenciones que contribuyen a la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada y abstenerse de introducir nuevas subvenciones de esa índole”. 

La pesca Ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR)

El texto expone que si bien definir la pesca INDNR es complejo dado la diversidad de factores que influyen en ella en cada país, la FAO da tres grandes lineamientos:

Pesca ilegal: infracciones que van en contra de las leyes nacionales o de las medidas de conservación y ordenación de las Organizaciones Regionales de Ordenación Pesqueras (OROP).

Pesca no declarada: comprende la declaración nula, inexacta o incompleta de toda la información relacionada con la actividad pesquera.

Pesca no reglamentada: se refiere a las actividades de los buques apátridas o de los Estados que no son parte de las OROP y a la incapacidad de los Estados de reglamentar ciertas actividades que no se pueden supervisar ni contabilizar fácilmente.

Por ende, se detalla,  la pesca INDNR termina siendo una expresión amplia que incluye:

-La pesca y las actividades relacionadas con la pesca que contravienen las legislaciones nacionales, regionales e internacionales.

-La información sobre operaciones de pesca y sus capturas no declarada, o declarada de manera errónea o incompleta.

-La pesca realizada por buques sin pabellón o con pabellón de conveniencia, con esto se refieren al no uso de bandera o usar banderas distintas a las del buque.

-La pesca realizada en zonas administradas por organizaciones regionales de ordenación pesquera por buques de países que no son miembro de las mismas.

-Las actividades pesqueras no reglamentadas, y con dificultades de control y cálculo por parte de los Estados.

A continuación, el texto recuerda que la preocupación internacional por esta temática ha sido reflejada en varios instrumentos internacionales como el Plan de Acción Internacional FAO de 2001 para Prevenir, Detener y Eliminar la pesca INDNR y el Modelo AO de 2005 sobre Medidas del Estado Rector del Puerto para Combatir la pesca INDNR. Aunque aprobados e implementados, al no ser vinculantes según el derecho internacional, su alcance ha sido bastante limitado y hacia el año 2016, la pesca ilícita representaba aproximadamente 26 millones de toneladas de pescado al año, lo que equivale a más del 15% de la producción total anual de la pesca de captura en el mundo. Ante la gravedad de la situación mundial, se creó el Acuerdo sobre medidas del Estado Rector del Puerto destinado a prevenir, desalentar y eliminar la pesca INDR. 

Acuerdo sobre las Medidas del Estado Rector del Puerto

El documento destaca que el Acuerdo sobre medidas del Estado Rector del Puerto  (AMERP), el cual entró en vigencia el año 2016, es el primer tratado internacional de carácter vinculante centrado específicamente en la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, y tiene como objetivo prevenir, desalentar y eliminar la pesca INDNR. Fue impulsado por la FAO y establece criterios, normas mínimas y básicas para que los Estados adopten medidas en sus puertos, impidiendo que los buques que practican la pesca INDNR utilicen puertos para desembarcar sus capturas.

Así, el AMERP se basa en:

-Reducir los incentivos para que estos buques continúen operando.

-Frenar el flujo de productos pesqueros derivados de la pesca INDNR hacia los mercados nacionales e internacionales. 

-Contribuir a la conservación a largo plazo y el uso sostenible de los recursos marinos vivos y sus ecosistemas

Se especifica que las disposiciones del AMERP se aplican a los buques de pesca que soliciten entrar a un puerto designado de un Estado que sea diferente de su Estado del pabellón. A mayo de 2018, 54 países y una organización (Unión Europea) se han adherido a este acuerdo.

América Latina coordinada

En el texto se arguye que la pesca INDNR no es una problemática menor en la región, puesto que, además de las obvias consecuencias medioambientales que trae consigo, el disminuir la biomasa disponible en las zonas pesqueras también pone en riesgo el sustento económico de pescadores y otros actores del sector, agravando con ello la pobreza. Según la FAO, en América Latina y el Caribe, más de 2 millones de personas dependen directamente de la pesca como medio de vida.
Pero junto a la FAO, se remarca, la región ya trabaja para erradicar estas malas prácticas pesqueras. En el año 2016 el organismo presentó un proyecto de cooperación técnica para apoyar a 11 países de América Latina y el Caribe (Belice, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá, Perú y República Dominicana) en el fortalecimiento de sus mecanismos de control e instituciones, vigilancia y monitoreo de la pesca, así como también ayudar a implementar el Acuerdo sobre las Medidas del Estado Rector del Puerto.
Otras de las formas en las cuales se ha abordado la temática es La Red de Intercambio de Información y Experiencias entre Países de América Latina y el Caribe para Prevenir, Desalentar y Eliminar la Pesca INDNR. Creada en el año 2017 entre Perú, Panamá, Costa Rica y Chile con el apoyo de FAO, busca crear un espacio que permita intercambiar información de manera oportuna para tomar decisiones más certeras para combatir la Pesca INDNR y promover un espacio de intercambio de información sobre infracciones y sanciones. Esta red es una respuesta directa de los países ante el desafío que representan las malas prácticas pesqueras.

Situación actual de Chile

La BCN expone que el territorio chileno cuenta con más de 6.400 kms. de costa y por ende resulta primordial su involucramiento con las medidas que buscan combatir la perjudicial pesca INDNR. En Chile la actividad ilegal de pesca representa una pérdida de entre US$260 millones y US$300 millones, sin contar algas. Por ello, además de haber suscrito al AMERP, actualmente la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca) se encuentra trabajando en los últimos detalles de un plan nacional para combatir la pesca ilegal, puesto que según el Subsecretario, Eduardo Riquelme, combatir estas prácticas es una necesidad, y debe coordinar distintos sectores del país. La consigna de este plan nacional es la tolerancia cero contra la pesca ilegal, a través del fortalecimiento de las medidas de fiscalización y el trabajo en conjunto con otros servicios y organismos del Estado como lo son Armada de Chile, Sernapesca, Carabineros, PDI, Aduanas e Impuestos Internos, entre otros.

Algunos de los puntos que esta medida contemplará serán:

• La instalación de barreras pesqueras -puntos de control obligatorios- en los accesos norte y sur de Santiago.

• Uso de tecnología como drones e instalación de cámaras.

• Habilitar una plataforma electrónica para los inspectores en terreno y un sistema de trazabilidad -ya en operación- que le permite a pescadores y comercializadores declarar sus stocks desde su caleta, casa, oficina o sede sindical, sin la necesidad de concurrir a dependencias de Sernapesca.

 

Vea texto íntegro del documento

 

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