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Paso hacia la verdad.

CIDH destacó condena a 33 ex agentes del Estado por secuestros calificados de detenidos desaparecidos en 1987.

Concluye el órgano interamericano saludando este paso hacia la verdad, la justicia y la reparación.

13 de abril de 2017

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) destacó la decisión de la Corte Suprema de Justicia de Chile mediante la cual condenó a 33 ex agentes del Estado por su responsabilidad en los secuestros calificados de cinco miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez en 1987. Esta decisión representa un significativo paso adelante en la lucha contra la impunidad de las graves violaciones de los derechos humanos cometidas en el pasado.

Cabe recordar que el fallo del máximo Tribunal expuso en su oportunidad que "con ocasión del secuestro del Coronel del Ejército Carlos Carreño Barrera, acaecido en Santiago el 1 de septiembre de 1987, funcionarios de la Central Nacional de Informaciones participaron en un operativo planificado previamente con el propósito de vigilar y seguir a determinadas personas.

Entre el 9 y 10 de septiembre del mismo año recibieron instrucciones de detener, sin orden judicial, a cinco miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, elegidos de entre los archivos institucionales, para eventualmente canjearlos por dicho oficial. Actuaron mediante equipos organizados y concertados por un mando general, comunicándose mediante claves para ocultar sus autorías y evitar ser descubiertos por terceros.
Las personas retenidas fueron interrogadas y mantenidas ocultas bajo custodia en el cuartel Borgoño de la referida entidad, sin intención alguna de ponerlas a disposición de la judicatura respectiva.

Durante el período que permanecieron en el Cuartel Borgoño, equipos operativos comandados por oficiales y efectivos del Batallón de Inteligencia del Ejército, unidad perteneciente a la Dirección Nacional de Inteligencia del Ejército, comisionados para participar en la investigación destinada al esclarecimiento del secuestro del Coronel Carreño, establecieron una coordinación oficial con la Central Nacional de Informaciones, permitiendo que algunos de sus agentes frecuentaran y permanecieran por varios días en dependencias inmediatas de los calabozos, con pleno conocimiento de que en dichas instalaciones se mantenía a personas recluidas prolongadamente en forma ilícita, y obtener con ello informaciones de inteligencia.

Antes de la liberación del Coronel Carreño en Brasil y no siendo posible efectuar un canje, se decide por estos organismos de seguridad la eliminación de los detenidos y, para ello, organizan un operativo que permite sacar los 5 cuerpos como bultos del recinto en que se encontraban privados de libertad, al parecer sin vida o previamente drogados, y fueron transportados en un helicóptero del Comando de Aviación del Ejército desde el Fuerte Peldehue hasta las costas de Quintay, donde finalmente se arrojaron sus cuerpos al mar atados a durmientes.

La CIDH indicó que esta decisión es un paso hacia la justicia por graves crímenes del pasado, y también es una decisión que impacta positivamente en el futuro de Chile y de la región”, dijo el Comisionado Paulo Vannuchi, Relator de la CIDH para Chile. “Sabemos que cuando permanecen en la impunidad las graves violaciones a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad perpetradas durante dictaduras o gobiernos autoritarios del pasado, corremos el riesgo de que se repitan. Este avance en la justicia es un acto de reparación para las víctimas, y es también una forma de prevenir que este tipo de crímenes horrendos vuelvan a ocurrir”, agregó. “Con esta decisión, la Corte Suprema de Justicia de Chile no sólo cumple con los estándares interamericanos en la materia, sino que contribuye a construir un futuro mejor”, expuso.

De esa forma, concluye el órgano interamericano saludando este paso hacia la verdad, la justicia y la reparación e invita al Estado de Chile a seguir avanzando en la investigación de los graves crímenes perpetrados durante el régimen militar, la identificación de sus responsables, la aplicación de sanciones, y la determinación de reparaciones justas.

 

 

Vea textos íntegros del comunicado de la CIDH y de las sentencias de Casación y de sentencia de reemplazo de la Corte Suprema de Chile.

 

 

 

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