El Tribunal Federal alemán anuló tres sentencias que obligaban al organizador de una manifestación a indemnizar a un diputado verde al que comparó con funcionarios del régimen nazi, restringiendo para ello el concepto de injurias en favor de la libertad de expresión.
Cabe recordar que durante el año 2011,el demandante, organizador de una manifestación de ultraderecha que había sido registrada de manera pertinente ante las autoridades, tuvo un intercambio de palabras con un diputado verde, que participaba en una contramanifestación con el objetivo de obstaculizar la marcha, intercambiando ambos insultos alusivos al régimen nazi .
Así, un Tribunal de Primera Instancia condenó al organizador de la manifestación a una sanción económica, sentencia revisada por la Audiencia Provincial, que fijó la pena en una amonestación y se reservó el derecho a imponerle una multa al condenado, que recurrió infructuosamente ante la Audiencia Territorial.
En su sentencia, expone la Magistratura Constitucional alemana que, debido a su efecto restrictivo sobre la libertad de expresión, el concepto de injuria debe ser, desde el punto de vista constitucional, acotado, por cuanto, en caso contrario, ya no es posible sopesar entre la libertad de expresión por un lado y el derecho al honor del afectado por el otro.
Y es que, agregó la sentencia que las instancias precedentes ignoraron que con sus declaraciones el demandante también comentaba la actuación del diputado verde, que obstaculizó la manifestación y que, además, insultó a los participantes, concluyendo que los tribunales de Colonia deberán tener en cuenta a la hora de volver a examinar el caso el proceder del diputado por un lado y la gravedad de la difamación, por el otro.
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