El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó a Francia por no reconocer formalmente la inscripción en el Registro Civil de dos niños nacidos en 2010 en Ucrania a través de vientres de alquiler y cuyos padres son de nacionalidad francesa.
De esta manera, la Corte europea condenó por tercera vez a Francia por un caso similar a los de junio de 2014 (el de los matrimonios Mennesson y Labassee con niños nacidos en EEUU) y julio de 2016, que afectó a dos hombres con tres niños nacidos en India.
Cabe recordar que el fiscal de Nantes se opuso en 2011 al registro de los niños afectados, Manon y Mateo Laborie, porque "había indicios serios" de que hubieran nacido mediante "un contrato de maternidad subrogada", prohibido por el artículo 16-7 del Código Civil francés. En esa oportunidad los padres de los menores recurrieron al Tribunal de Estrasburgo por vulneración del derecho al respeto de la vida privada y familiar, protegido por el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
En su sentencia, el TEDH constató la similitud del nuevo caso con los ya referidos, por lo que no se vio "ninguna razón para no llegar a la misma conclusión".
De esta forma, el falo establece que no se ha vulnerado el derecho de los demandantes a su vida familiar, aunque sí el derecho de los menores al respeto de su vida privada, por lo cual el Tribunal de Estrasburgo determinó una indemnización de 5.000 euros por daños morales para cada uno de los hijos y de 15.000 euros por los gastos del proceso.
Vea texto íntegro de la sentencia.
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