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En forma unánime.

CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Subsecretaría de Pesca y Acuicultura por invalidar nombramiento del miembro suplente del Comité de Manejo de merluza sur.

La recurrente estimó vulnerada su garantía constitucional de igualdad ante la ley.

12 de agosto de 2019

La Corte Suprema confirmó sentencia que rechazó protección contra Subsecretaría de Pesca y Acuicultura por invalidar el nombramiento del recurrente como miembro suplente en el Comité de Manejo de merluza sur.

En relación con los hechos, consta que la Subsecretaría invalidó el nombramiento del recurrente como miembro suplente en el Comité de Manejo de merluza sur, pues ha establecido un requisito adicional a la postulación de un representante de un Comité de Manejo, requisito que no está expresamente establecido en la Ley General de Pesca y Acuicultura.

La recurrente estimó vulnerada su garantía constitucional de igualdad ante la ley.

Cabe recordar que en su sentencia, la Corte de Valparaíso indicó en su oportunidad que conforme a lo dispuesto en los art culos 9, 10 y 19 de la Ley 10.336 sobre Organización y Atribuciones de Contraloría General de la República, los pronunciamientos de la Contralor a ú í constituyen jurisprudencia administrativa, la que resulta vinculante para los funcionarios y organismos sometidos a su fiscalización, como es en este caso para la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

En ese sentido, el fallo agrega que la Resolución impugnada no resulta arbitraria e ilegal, por cuanto se limitó a dar cumplimiento al  Dictamen N° 760 de la Contraloría Regional de Valparaíso, que instruyó a la recurrida adoptar las medidas tendientes a regularizar la nominación de los miembros titulares y suplentes del comité de manejo de merluza del sur, en aquella parte que incluye en el primer cargo en calidad de suplente al recurrente, por no reunir los requisitos para ello, motivo por el cual el presente recurso será desestimado.

En virtud de dichas consideraciones, se rechazó el recurso intentado.

Por su parte, el máximo Tribunal confirmó la sentencia.

 

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 19515-2019 y de la Corte de Valparaíso Rol N° 6530-2019.

 

 

 

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