En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó la acción de protección deducido en contra el canal de televisión Chilevisión, por difundir gratuitamente su carta aclaratoria y rectificatoria, notificada legalmente de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 16 y siguientes de la Ley N°19.733 sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo.
El recurrente sostiene que el día 3 de abril de 2016, durante el noticiero central de Chilevisión se emitió́ un reportaje denominado “Coronel acusado de choque”, a través del cual se le imputó haber actuado con abuso de poder y de manera irregular con la intención de fugarse de un accidente de tránsito. Añade, que al sentirse agraviado por las imputaciones referidas, ejerció́ su derecho a aclaración o rectificación y que la recurrida le respondió́ que no puede acceder a su solicitud de aclaración o rectificación porque la carta no satisface las exigencias del artículo 18 de la Ley N°19.733.
En su sentencia, expresa que aparece de manifiesto que el canal de televisión recurrido, al negarse a dar lectura a la carta rectificatoria del recurrente, ha dado estricto cumplimiento a la normativa que rige la materia, ello debido a que su lectura excede del tiempo máximo de duración que establece la norma antes señalada, no siendo procedente, por ende, imponer como exigencia a la recurrida que de lectura resumida o de algunos párrafos o secciones de la carta del recurrente–como se solicita en el escrito de apelación-, por carecer ello de sustento normativo.
De esa forma, el máximo Tribunal concluye sosteniendo que, de acuerdo con lo razonado y no habiéndose acreditado la existencia de un acto arbitrario o ilegal que afecte las garantías constitucionales enunciadas en el libelo de protección, el mismo fue rechazado.
Vea texto íntegro de la sentencia Rol Nº 43.360-2016.
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