En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de La Serena acogió un recurso de protección presentado por la madre de un alumno de octavo básico del colegio José Balmaceda de la ciudad, a quien el establecimiento canceló la matrícula del año escolar 2016, debido a una discusión con otro alumno que terminó en agresión mutua, verbal y física
En su sentencia, se indica que los motivos alegados por el colegio no justifican la desvinculación del estudiante, menos aún en pleno año escolar, teniéndose presente además que se trata de un menor en formación y que atendida la naturaleza del proceso educativo no puede sino que aceptarse la posibilidad de que los niños tengan dificultades conductuales y de integración de mayor o menor entidad, las cuales han de ser enfrentadas por los educadores según corresponda de acuerdo a sus características; además la decisión de excluir al menor por la vía de la expulsión no es aceptable desde la perspectiva de la garantía constitucional de la igualdad.
Conforme a lo anterior, concluye la Corte de La Serena expresando que imponer una medida tan grave, como es la desvinculación definitiva del colegio, el proceder de la autoridad educativa se torna arbitrario, puesto que si bien no carece de fundamentos, tales razones no reflejan la entidad que aquella decisión demanda
Vea texto íntegro de la sentencia.
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