Dos juntas de vecinos dedujeron recursos de protección en contra de la resolución exenta emitida por la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana que calificó favorablemente el Proyecto “Relleno Sanitario Santiago Poniente Ajustes al Acceso Vial”. En términos generales, los recurrentes calificaron tal resolución de ilegal y arbitraria, que adolece de falta de fundamento y que en ella se ha omitido una parte fundamental del proyecto que es la participación ciudadana, vulnerándose además la igualdad ante la ley y el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. La recurrida informó solicitando el rechazo de los recursos, arguyendo en uno de los casos la supuesta falta de legitimación pasiva y, en el otro, la falta de legitimación activa de los recurrentes, ya que no existiría ningún derecho amagado para éstos. La Corte de Santiago consideró que “al haberse autorizado ahora el acceso el relleno sanitario por una vía no ofrecida, ni aceptada legalmente de manera primitiva, se sigue exponiendo a la comunidad a la constante circulación de camiones recolectores de basura por el camino Rinconada que iba a ser transitorio, (por más de 10 años) circulación que contamina y afecta tanto la integridad física como la salud de los habitantes de todo el entorno por el que habitualmente transitan, agregando “que así las cosas los derechos denunciados como vulnerados, como a vivir en un medio ambiente libre de contaminación que se obviaría con las medidas de mitigación ofrecidas, al no haberse realizado en el tiempo y haberse validado por la resolución impugnada, han sido afectados por las recurridas por la presente acción cautelar deberá prosperar”. Ambos fallos fueron confirmados por la Corte Suprema.
Vea texto íntegro del fallo Rol N° 38.987-2012.
Vea texto íntegro del fallo Rol N° 39.730-2012.
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